El Banco Central de Reserva (BCR) aprobó la lista de bancos del exterior de primera categoría.
Los requisitos aprobados para la elaboración de dicha lista comprenden el tipo de banco: holdings bancarios, bancos comerciales, bancos de ahorro, bancos cooperativos, bancos de inversión, bancos inmobiliarios e hipotecarios, instituciones especializadas de crédito gubernamental, instituciones de crédito no bancario y entidades supranacionales.
Considera el capital mínimo: 1,400 millones de dólares, no requerido para entidades supranacionales; el calificativo crediticio de corto plazo mínimo de por lo menos dos agencias calificadoras (F2 por Fitch, A-2 por Standard & Poor’s y P-2 por Moody’s).
Incluye el calificativo crediticio de largo plazo mínimo de por lo menos dos agencias calificadoras (A- por Fitch, A- por Standard & Poor’s y A3 por Moody’s).
Dato
La lista de bancos aprobada por el BCR se encuentra detallada en el portal electrónico de la autoridad monetaria (www.bcrp.gob.pe).