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Priorización del teletrabajo Ejecutivo fija disposiciones para la semana de APEC Abogado laboralista Carlos Cadillo explica alcances de la normativa.
NACIONALES
Publicado en 09/11/2024

 El Gobierno publicó el Decreto Supremo N° 123-2024-PCM, que modifica el Decreto Supremo N° 110-2024-PCM, que declaró el jueves 14, viernes 15 y sábado 16 próximos como días no laborables recuperables por el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), lo cual implica nuevos alcances, sostuvo el abogado laboralista Carlos Cadillo Ángeles.

El especialista manifestó que, al ser días recuperables, en el sector privado las horas no laboradas por los trabajadores en esos días se recuperarán mediante acuerdo con el empleador, pero, a falta de acuerdo, decidirá este último.

 

 

Compensación

 

Mientras que en el sector público se compensarán en los 15 días inmediatos posteriores o en la forma que establezca el titular de cada entidad según las necesidades, explicó el socio del estudio de abogados Miranda & Amado.

 

El experto recordó que esos días, inicialmente, alcanzaban a los trabajadores que laboran dentro de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, pero ahora se añadió al personal que ejecuta sus tareas en la provincia de Huaral.

 

Sin embargo, dijo, la modificación excluye de los días no laborables en mención a las actividades indispensables de los empleadores sujetos al régimen laboral privado, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad, el abastecimiento o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la entidad o empresa.

 

Por ello, cada empleador determinará las labores indispensables y designará a los trabajadores que deberán desempeñarlas, indicó el hombre de leyes.

 

En forma adicional, Cadillo comentó que la modificación actualiza el listado de las actividades que podrán continuar operando durante esos días para no afectar a la comunidad.

 

Modificación

Carlos Cadillo precisó que la modificación agrega tres disposiciones para el 11, 12 y 13 de este mes en Lima Metropolitana, Huaral y Callao. Primero, dijo, las entidades públicas efectuarán sus labores mediante el teletrabajo, salvo que participen en la prestación de servicios esenciales y brinden servicios cuya naturaleza no permita la modalidad. Segundo, las instituciones educativas públicas y privadas bajo el ámbito del sector Educación implementarán la enseñanza virtual. Y, tercero, los empleadores de la actividad privada podrán implementar el teletrabajo por acuerdo con los trabajadores y conforme con la normativa laboral que regula esta modalidad, refirió.

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