El Ministerio de la Producción (PRODUCE) modificó el límite de captura del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) para el año 2026, ampliando la cuota total de 68,367 a 80,655 toneladas y extendiendo su vigencia hasta diciembre, en el marco de un manejo adaptativo basado en evidencia científica y monitoreo permanente. La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 000102-2026-PRODUCE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano .
El ministro de la Producción, César Quispe Luján, destacó que esta decisión busca garantizar el equilibrio entre sostenibilidad, abastecimiento y mejores oportunidades para la pesca artesanal. “Estamos asegurando que el bonito siga siendo una fuente de alimento accesible para las familias peruanas, pero también una actividad rentable y ordenada para miles de pescadores artesanales del país”, afirmó.


Nueva distribución de cuota y cronograma de pesca
Del total autorizado, 14,193 toneladas podrán capturarse entre el 25 de abril y el 31 de diciembre de 2026, distribuidas de la siguiente manera: 6,451 toneladas para embarcaciones de cerco de más de 20 m³ hasta 32.6 m³; 2,713 toneladas para embarcaciones de cerco de 10 m³ a 20 m³; 3,502 toneladas para embarcaciones de cerco menores de 10 m³; y 1,527 para embarcaciones artesanales de cortina y otras artes pasivas.
Asimismo, se estableció un cronograma diferenciado de salidas para ordenar el esfuerzo pesquero: las embarcaciones con artes pasivas operarán del 1 al 12 de cada mes; las de cerco menores a 20 m³ lo harán del 13 al 30 o 31; mientras que las de mayor capacidad podrán salir del 20 al cierre de cada mes. Además, las embarcaciones menores y medianas podrán realizar hasta dos zarpes mensuales, y las mayores, un zarpe al mes .
*Conservación y control reforzado*
Como parte de las medidas de conservación, PRODUCE mantiene la obligación de utilizar una sola arte de pesca durante todo el año —sin posibilidad de cambio entre arte activo o pasivo—, se prohíbe el transbordo y se ratifica el criterio técnico de preservación del recurso mediante el uso obligatorio de hielo en proporción mínima de 2 a 1 para garantizar la adecuada conservación del bonito desde su captura. Además, las embarcaciones con artes pasivas podrán capturar como máximo 2.5 toneladas por faena, con una tolerancia de hasta 0.3 toneladas .
“Este nuevo esquema permite un aprovechamiento social y económico más eficiente de la cuota disponible, pero con reglas claras y bajo estricta supervisión para proteger la sostenibilidad del recurso”, subrayó el titular de PRODUCE.
La norma también precisa que durante el periodo de veda reproductiva que se establezca en los próximos meses quedará prohibida toda actividad extractiva del bonito, reforzando así la protección del stock, que según IMARPE se mantiene saludable y por encima de los niveles necesarios para su máximo rendimiento sostenible .