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PRODUCE eleva de 3 a 8 UIT el límite para autorizar gastos en infraestructuras pesqueras artesanales
La medida permitirá agilizar la atención de reparaciones, mantenimiento y emergencias de menor magnitud, sin eliminar los mecanismos de control. Los gastos que superen las 8 UIT requerirán autorización de PRODUCE o del Gobierno Regional.
Por Administrador
Publicado en 08/09/2026 06:00
NACIONALES
El Ministerio de la Producción elevó de 3 a 8 UIT el umbral a partir del cual se requiere autorización para realizar gastos destinados a atender emergencias, reparaciones y mantenimiento en las Infraestructuras Pesqueras Artesanales (IPA). La medida representa un incremento de 5 UIT, equivalente a 166,7 %, y busca agilizar la gestión de estos establecimientos sin debilitar los mecanismos de supervisión y control.

El cambio está contemplado en el nuevo modelo de “Convenio de Gestión para la Administración de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales”, aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 00317-2026-PRODUCE y que será aplicado a nivel nacional a las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales (OSPA) que inicien nuevos procesos de suscripción de convenios.

Con el modelo anterior, los gastos no previstos en el presupuesto anual que superaban las 3 UIT requerían la aprobación de la entidad titular o cedente de la infraestructura. Esta regla se encontraba vigente en los convenios de gestión de las IPA.

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Ahora, el nuevo modelo establece que los gastos no previstos en el Plan Operativo Anual y aquellos que superen las 8 UIT deberán contar con la aprobación del Ministerio de la Producción o del Gobierno Regional, según corresponda. Asimismo, se establece expresamente que no podrá fraccionarse el valor total de una obra, contratación, adquisición de bienes o prestación de servicios con el propósito de evitar este requisito de autorización.

“Estamos haciendo más ágil la gestión sin renunciar al control. Pasar de 3 a 8 UIT permitirá atender con mayor oportunidad las necesidades de mantenimiento, reparación y situaciones de emergencia de menor magnitud en las infraestructuras pesqueras artesanales. Al mismo tiempo, mantenemos la autorización del Estado para los gastos de mayor envergadura y prohibimos expresamente cualquier mecanismo de fraccionamiento para evadir este control”, señaló el ministro de la Producción, Juan Carlos Requejo.
 
El nuevo esquema busca que las decisiones sobre intervenciones de menor magnitud puedan resolverse con mayor oportunidad, evitando que procedimientos administrativos asociados a gastos relativamente pequeños retrasen reparaciones necesarias para mantener operativas las infraestructuras. El modelo también establece que los gastos de mantenimiento y reparación menores a 8 UIT pueden ser cubiertos con los ingresos generados por las tarifas de los servicios de las IPA, dentro de las reglas de gestión establecidas en el convenio.

A la vez, el nuevo modelo fortalece la planificación y el acompañamiento técnico. El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) tendrá entre sus responsabilidades elaborar un plan integrado de mantenimiento, reparación, ampliación, mejoramiento, modernización y rehabilitación de las infraestructuras, además de brindar capacitación y asistencia técnica a las organizaciones encargadas de su administración.

“Este nuevo modelo permite que la gestión de las infraestructuras sea más oportuna y preventiva. Elevar el umbral de 3 a 8 UIT facilita atender intervenciones de menor escala, mientras FONDEPES fortalece la planificación y el acompañamiento técnico para evitar que problemas de mantenimiento terminen convirtiéndose en deterioros mayores”, afirmó el jefe del FONDEPES, José Montalva.
 
La norma también establece que las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales deberán presentar un Plan Operativo Anual y un presupuesto de gastos, mantener registros de sus operaciones y rendir cuentas sobre la gestión de la infraestructura. Los ingresos provenientes de las tarifas deberán ser administrados mediante cuentas diferenciadas y destinados a los fines establecidos en el convenio.

El nuevo modelo contempla además una distribución de los recursos generados por las tarifas: 50 % para el fondo operativo, 20 % para incentivos o beneficios comunitarios de la OSPA y 30 % para un fondo intangible destinado a inversiones, sujeto a la elaboración de los documentos técnicos correspondientes y a la autorización de PRODUCE o del Gobierno Regional.

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La medida forma parte de un proceso de modernización de la gestión de las infraestructuras pesqueras artesanales y busca fortalecer el rol rector del Ministerio de la Producción, agilizar la toma de decisiones y asegurar la continuidad de los servicios que brindan estas instalaciones a los pescadores artesanales.

Actualmente, la gran mayoría de los desembarcaderos pesqueros artesanales ya fueron transferidos a gobiernos regionales y locales, mientras que los restantes se encuentran en proceso de transferencia y permanecen bajo titularidad de Produce. El nuevo modelo incorpora las lecciones recogidas durante la aplicación del esquema anterior y establece reglas actualizadas para la administración, supervisión, mantenimiento y control de estas infraestructuras.

La Resolución Ministerial N.° 00317-2026-PRODUCE deja sin efecto el modelo aprobado mediante la Resolución Ministerial N.° 110-2012-PRODUCE y sus posteriores modificatorias. Los convenios que actualmente se encuentren vigentes mantienen su plazo original y, previo acuerdo de las partes, podrán adecuarse al nuevo modelo mediante la suscripción de una adenda, sin modificar su periodo de vigencia.

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Con estas disposiciones, PRODUCE busca combinar mayor agilidad para resolver las necesidades cotidianas de las infraestructuras pesqueras artesanales con controles más claros sobre el uso de sus recursos, fortaleciendo una gestión orientada a garantizar su operatividad y sostenibilidad en beneficio de los pescadores artesanales.
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